Modificación de la situación de estancia por estudios, investigación formación o prácticas a la situación de residencia y trabajo por cuenta propia inicial. Requisitos y documentos necesarios.
REQUISITOS
- Acreditar permanencia continuada en España durante, al menos, tres años en situación de estancia. No se exigirá este requisito en estos supuestos:
- Extranjeros que hayan superado las prácticas o formación contemplado en la normativa para el reconocimiento de títulos de especialista en Ciencias de la Salud, obtenidos en Estados no miembros de la Unión Europea.
- Extranjeros en posesión del título homologado de Licenciado en Medicina, siempre que la actividad a desarrollar sea su acceso a la escala de complemento del Cuerpo Militar de Sanidad