Nuevo Reglamento de Extranjería 2025: claves, cambios y controversias
Desde nuestro despacho te explicamos los puntos más relevantes del nuevo Reglamento de Extranjería que ha entrado en vigor este 20 de mayo. Esta reforma, anunciada durante meses, llega con importantes novedades legales y también con numerosas críticas por su deficiente redacción y la inseguridad jurídica que puede generar.
¿Qué norma se ha aprobado?
El nuevo Reglamento de Extranjería ha sido aprobado mediante el Real Decreto 1155/2024, publicado en el BOE el 20 de noviembre de 2024. Su entrada en vigor se ha hecho efectiva este martes 20 de mayo de 2025.
¿Es una nueva Ley de Extranjería?
No. Este cambio no afecta a la Ley de Extranjería (Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero), sino que modifica el Reglamento que desarrolla dicha ley.
¿Qué pasa con el Reglamento anterior?
El Reglamento 557/2011, reformado parcialmente por el RD 629/2022, ha quedado derogado con la entrada en vigor del nuevo texto.
Las solicitudes presentadas antes del 20 de mayo de 2025 a las 23:59 seguirán tramitándose conforme a la normativa anterior, según recoge la Disposición Transitoria Segunda del nuevo Reglamento.
¿Puedo aplicar las nuevas normas a una solicitud ya iniciada?
No. Cualquier persona que desee beneficiarse de las nuevas disposiciones debe esperar a la entrada en vigor del Reglamento. Las solicitudes en curso se resolverán según la normativa vigente en la fecha en que fueron presentadas.
Principales controversias del nuevo Reglamento de Extranjería
Desde nuestro despacho observamos múltiples carencias en el texto aprobado:
- Falta de claridad legal.
- Contradicciones internas.
- Modificaciones improvisadas a través de Instrucciones que, en algunos casos, que se contradicen con normas de extranjería de rango superior.
Instrucciones que intentan “parchear” errores
Se han publicado ya dos Instrucciones importantes: una relativa a los procedimientos de arraigo y otra sobre familiares de ciudadanos españoles. Estas Instrucciones modifican de facto lo establecido en el propio Reglamento, lo que genera una gran inseguridad jurídica.
Un ejemplo llamativo es la Instrucción SEM 2/2025, que permite a ciertos familiares solicitar residencia desde España, a pesar de que el Reglamento impone otros requisitos. Este tipo de contradicciones cuestiona la validez y legalidad de estas medidas “correctoras”.
El Proceso Extraordinario de Regularización como única salida
Ante las deficiencias del nuevo Reglamento, el Gobierno ha reactivado el debate sobre el Proceso Extraordinario de Regularización aprobado en septiembre de 2024. Esta medida pretende regularizar a más de 500.000 personas extranjeras en situación administrativa irregular.
Aunque positiva en su planteamiento, esta opción refleja también la falta de previsión y coherencia en el diseño del nuevo marco normativo.
Recurso ante el Tribunal Supremo
Varias organizaciones sociales y jurídicas han presentado un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo, alegando que el nuevo Reglamento podría vulnerar derechos fundamentales. El recurso ya ha sido admitido a trámite.
¿Qué podemos esperar a partir de ahora?
Nos encontramos en un escenario cambiante, donde conviven:
- Un Reglamento cuestionado jurídicamente.
- Instrucciones que generan confusión.
- Un proceso de regularización masiva en debate.
- Cambios de criterio constantes que dificultan la planificación legal de las personas extranjeras.
Desde nuestro despacho: compromiso y claridad
En nuestro equipo jurídico estamos comprometidos con ofrecer información clara, actualizada y honesta. Seguiremos acompañando a nuestros clientes y a todas las personas extranjeras que buscan establecer su vida en España con seguridad jurídica y dignidad humana.
¿Tienes dudas sobre cómo te afecta esta reforma?
Contáctanos y te ayudamos a evaluar tu situación según la nueva normativa de extranjería en vigor.
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