¿Se puede adquirir la nacionalidad española por ser pareja de hecho de un español?, ¿cuánto tiempo de residencia legal es necesario para iniciar el trámite?
En España, el Código Civil dispone el plazo de un año de residencia para poder solicitar la nacionalidad española, para las personas extranjeras casadas con un ciudadano español, estableciendo por tanto, un periodo reducido para estos casos. La nacionalidad no se otorga por el hecho de “estar casado con un español” o por “el matrimonio”, sino que este hecho simplemente supone la minoración del plazo de residencia legal necesario para poder solicitarla.
La duda se plantea en los casos de parejas de hecho registradas en la que uno de los integrantes es español. En estos casos, no se recoge legalmente un periodo reducido para alcanzar la nacionalidad española por ser pareja de hecho, ya que las figuras jurídicas de matrimonio y pareja registrada no son lo mismo. Puede ser que se le reconozcan una serie de derechos y efectos en algunos aspectos (como por ejemplo para poder disfrutar del régimen comunitario y obtener la tarjeta de familiar de comunitario), pero no se equiparan en todos los derechos y obligaciones
La legislación civil española no contempla este plazo reducido de un año, para poder solicitar la nacionalidad al extranjero registrado como pareja de hecho de un español, por lo que, en el caso de que el procedimiento sea el de nacionalidad por residencia, habrá que someterse a los plazos que establece la legislación española y que según los casos, pueden variar entre 10, 5, 2 y 1 año.