Con el nuevo proceso para solicitar la nacionalidad española por residencia , que entró en vigor el pasado 15 de octubre de 2015, y tal y como hemos venido comentando, el trámite se realiza totalmente de forma telemática.
A pesar de ello, hay un periodo transitorio hasta el mes de junio de 2017, durante el cuál se nos ofrece la posibilidad de presentar la documentación en el Registro Civil. No obstante, el Registro simplemente recoge nuestra documentación y la manda a Madrid, donde posteriormente será digitalizada y se le dará trámite.
Por ello, os recomendamos encarecidamente, que eviteis presentar vuestra solicitud en las oficinas del Registro Civil. Lo ideal es hacerlo por internet, a fin de evitar esperas innecesarias en nuestro procedimiento.
Recordad que para realizarlo online, debéis tener un certificado digital. También podéis contratar a un profesional para que os realice el trámite; los abogados disponemos de certificado digital para realizar este tipo de trámites a nuestros clientes.
La vía telemática es sin duda, la forma más eficaz y rápida para presentar nuestra solicitud y documentación, para obtener la nacionalidad española.