Dónde y cómo presentar la solicitud de nacionalidad por residencia

Con el nuevo proceso para solicitar la nacionalidad española por residencia , que entró en vigor el pasado 15 de octubre de 2015, y tal y como hemos venido comentando, el trámite se realiza totalmente de forma telemática.

A pesar de ello, hay un periodo transitorio hasta el mes de junio de 2017, durante el cuál se nos ofrece la posibilidad de presentar la documentación en el Registro Civil. No obstante, el Registro simplemente recoge nuestra documentación y la manda a Madrid, donde posteriormente será digitalizada y se le dará trámite. Sigue leyendo

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Nuevo proceso de nacionalidad: nociones claves

Como ya comentamos en entradas anteriores, el nuevo proceso de nacionalidad española por residencia ha sufrido considerables cambios:

bandera de españa3

+34 61031368 –  yjuarezv@gmail.com

A) Lo más importante es que prácticamente todo el trámite se realiza por internet, al igual que el proceso de nacionalidad para sefardíes. La solicitud se presenta por vía telemática, por lo que ya no habrá que solicitar cita previa en los registros civiles, con las consiguientes largas esperas que se producían en algunos casos. Además de la solicitud, todo el proceso y demás trámites se harán por esta vía.

B) En segundo lugar, el proceso, ya no será gratuito, teniendo que abonar la tasa actual de 102 euros.

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PRUEBAS INSTITUTO CERVANTES PARA LA OBTENCIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA

Os dejo la información general  publicada en la web del Instituto Cervantes sobre las pruebas que hay que superar para la obtentención de la nacionalidad española en el nuevo proceso 2015:

Información general sobre las pruebas del Instituto Cervantes para la obtención de la nacionalidad española

Los días 1 y 15 de octubre de 2015 entran en vigor, respectivamente:

Entre otros requisitos, ambas leyes exigen la superación de dos pruebas diseñadas y administradas por el Instituto Cervantes:

  • La prueba que acredita un conocimiento básico de la lengua española: Diploma de español DELE nivel A2 o superior.
  • La prueba que acredita el conocimiento de la Constitución Española y de la realidad social y cultural españolas: CCSE (Conocimientos constitucionales y socioculturales de España).

Los menores de edad y las personas tuteladas están exentos de realizar las dos pruebas.

Las personas que tengan la nacionalidad de países o territorios en los que el español es idioma oficial estarán exentos de la prueba de conocimiento del español DELE.

Información adicional

Podrá encontrar información adicional en la sección de «Preguntas más frecuentes» que se ofrece en este sitio.

Cualquier consulta relacionada con la información contenida en esta página, así como información adicional sobre la prueba CCSE, se puede dirigir a:

pruebas.nacionalidad@cervantes.es.

NUEVO PROCESO DE NACIONALIDAD. OCTUBRE DE 2015

Empieza la cuenta atrás, para que comience el nuevo proceso para la obtención de la nacionalidad española.

Efectivamente, este nuevo proceso para adquirir la nacionalidad española ya es inminente, tal y como dispone la Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa ebandera de españa3n el ámbito de la Administración de Justicia y Registro Civil (BOE Núm. 167), estando prevista su entrada en vigor para el próximo 15 de octubre de 2015.

Procedimiento recogido en la ley 19/2015

La Disposición final séptima de dicha ley, señala que:

1.- El procedimiento para la concesión de la nacionalidad española por residencia se regirá por lo dispuesto en el Código Civil, por lo previsto en esta disposición y en el reglamento que la desarrolle. En este reglamento se incluirán las especialidades propias del procedimiento para el personal al servicio de las Fuerzas Armadas.

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