La concesión de la nacionalidad española se recoge al margen de la correspondiente inscripción de nacimiento. Por ello, cuando el extranjero que adquiere la nacionalidad española no figura inscrito en el Registro Civil español, ha de procederse previamente a su inscripción de nacimiento. Sigue leyendo
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OFERTA NACIONALIDAD ESPAÑOLA
Durante este mes de octubre hemos lanzado una oferta especial, para el trámite de nacionalidad. Realizamos todo el proceso por tan solo:
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Para extranjeros de toda España Sigue leyendo
Plazo máximo para resolver el expediente de nacionalidad
El próximo 15 de octubre de 2016, va hacer un año de la entrada en vigor del nuevo proceso de nacionalidad por residencia. Por este motivo, son numerosas las consultas que nos llegan sobre la cuestión, «cuando va a resolverse mi expediente».
El Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia , establece en su artículo 11.3 que, «el procedimiento deberá ser resuelto y notificado en el plazo máximo de un año desde de que la solicitud haya tenido entrada en la Dirección General de los Registros y del Notariado. Transcurrido el plazo aludido sin que haya recaído resolución expresa, se entenderán desestimadas las solicitudes formuladas por los interesados».
Dónde y cómo presentar la solicitud de nacionalidad por residencia
Con el nuevo proceso para solicitar la nacionalidad española por residencia , que entró en vigor el pasado 15 de octubre de 2015, y tal y como hemos venido comentando, el trámite se realiza totalmente de forma telemática.
A pesar de ello, hay un periodo transitorio hasta el mes de junio de 2017, durante el cuál se nos ofrece la posibilidad de presentar la documentación en el Registro Civil. No obstante, el Registro simplemente recoge nuestra documentación y la manda a Madrid, donde posteriormente será digitalizada y se le dará trámite. Sigue leyendo
Examen nacionalidad DELE: Convocatoria extraordinaria febrero 2016
EL Instituto Cervantes ha previsto de manera extraordinaria, una convocatoria del examen DELE para el nivel A2, únicamente en territorio español, el próximo día 19 de febrero de 2016. Los candidatos podrán inscribirse desde el 12 de enero hasta el 1 de febrero. Todo ello a fin de dar respuesta a la obligatoriedad de realizar esta prueba, para los extranjeros no hispanohablantes, necesaria para solicitar la nacionalidad española por residencia, por del nuevo proceso que entró en vigor en octubre de 2015.
Nuevo proceso de nacionalidad: nociones claves
Como ya comentamos en entradas anteriores, el nuevo proceso de nacionalidad española por residencia ha sufrido considerables cambios:

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A) Lo más importante es que prácticamente todo el trámite se realiza por internet, al igual que el proceso de nacionalidad para sefardíes. La solicitud se presenta por vía telemática, por lo que ya no habrá que solicitar cita previa en los registros civiles, con las consiguientes largas esperas que se producían en algunos casos. Además de la solicitud, todo el proceso y demás trámites se harán por esta vía.
B) En segundo lugar, el proceso, ya no será gratuito, teniendo que abonar la tasa actual de 102 euros.
Nacionalidad por residencia: consulta telemática de expedientes
Recuerda, que el Ministerio de Justicia, tiene habilitada la consulta online de los expedientes de nacionalidad por residencia, donde los interesados pueden consultar el estado de sus solicitudes.
Para ello es necesario indicar el NIE y el número de la solicitud de la forma que se indica en la plataforma.
Os dejamos el enlace directo: PINCHA AQUI
Nacionalidad española, por posesión de estado.
Adquisición de la nacionalidad española a través de la llamada «posesión de estado»:
Se encuentra regulada en el artículo 18 del Código Civil, que establece que, tendrá derecho a adquirir la nacionalidad española, aquella persona que haya poseído y utilizado esta nacionalidad durante diez años, de forma continuada, de buena fe (sin que tenga conocimiento de la situación real, es decir, de que no es español en realidad), en base a un título inscrito en el Registro Civil.
La nacionalidad española no se perderá aunque se anule el título inscrito en el Registro Civil. El interesado debe haber mantenido una actitud activa en dicha posesión y utilización de la nacionalidad española, esto significa que deberá haberse comportado teniéndose a sí mismo por español, tanto en el disfrute de sus derechos como en el cumplimiento de sus deberes en relación con órganos del Estado español.
Lugar de presentación: Registro Civil del domicilio del interesado.
Nacionalidad española por opción
La opción es un beneficio que se contempla en nuestra legislación, para extranjeros que se encuentran en determinadas condiciones, a fin de que puedan adquirir la nacionalidad española.
¿Quienes tienen derecho adquirir la nacionalidad española por opción?
– Aquellas personas que estén o hayan estado sujetos a la patria potestad de un español.
– Aquellas personas cuyo padre o madre hubiera sido español y hubiera nacido en España.
– Aquellas personas cuya determinación de la filiación (la determinación de la filiación significa establecer quiénes son los padres de una persona) o nacimiento en España, se produzca después de los dieciocho años de edad. En este supuesto, el plazo para optar a la nacionalidad es de dos años desde que se determina la filiación o el nacimiento.