Durante este mes de octubre hemos lanzado una oferta especial, para el trámite de nacionalidad. Realizamos todo el proceso por tan solo:
390.-€. IVA incluido
Para extranjeros de toda España Sigue leyendo
Durante este mes de octubre hemos lanzado una oferta especial, para el trámite de nacionalidad. Realizamos todo el proceso por tan solo:
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Casos de pérdida de la titularidad de residencia de larga duración
El próximo 15 de octubre de 2016, va hacer un año de la entrada en vigor del nuevo proceso de nacionalidad por residencia. Por este motivo, son numerosas las consultas que nos llegan sobre la cuestión, «cuando va a resolverse mi expediente».
El Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia , establece en su artículo 11.3 que, «el procedimiento deberá ser resuelto y notificado en el plazo máximo de un año desde de que la solicitud haya tenido entrada en la Dirección General de los Registros y del Notariado. Transcurrido el plazo aludido sin que haya recaído resolución expresa, se entenderán desestimadas las solicitudes formuladas por los interesados».
Los extranjeros casados con un nacional español podrán solicitar la nacionalidad española por matrimonio después de un año de residencia legal en España.
Realmente, la nacionalidad no se concede por el hecho de estar casado con un español, si no que se trata de la de adquisición de la nacionalidad española por residencia y lo que ocurre, es que, el plazo de esta residencia legal requerida, se acorta a un año.
Por tanto, el cónyuge extranjero en el momento de la solicitud, debe llevar al menos un año casado con un nacional español y tener durante ese último año residencia legal en España. Para acreditar este extremo es fundamental presentar entre otros documentos, el certificado de empadronamiento en el que aparezcan ambos cónyuges.
No olvideis, que se deberán cumplir los demás requisitos exigidos para solicitar la nacionalidad española por residencia.
La autorización de residencia de de larga duración permite residir y trabajar en España indefinidamente en las mismas condiciones que los españoles.
REQUISITOS
On September 28, 2013 came into force the Law of supporting entrepreneurs and their internationalization, which introduces Title V Section 2, targeting skilled immigration, in order to promote the international mobility of professionals and managers in order to attract foreign investment.
This law establishes a flexible and specific system for granting visas and residence permits, which aims to:
Promote entrepreneurial culture and create a favorable environment for economic activity.
Facilitate the entry of investment and talent in order to promote economic growth and creating jobs.
To accomplish these objectives, the law allows the entry and residence in Spain, for reasons of economic interest, in the following categories:
a) Investors.
b) Entrepreneurs.
c) Highly qualified professionals.
d) Researchers.
e) Workers subject to intra-corporate transfers within the same undertaking or group of undertakings.
El 28 de septiembre de 2013 entró en vigor la Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, que introduce en su Título V Sección 2ª, dirigido a la inmigración cualificada, a fin de favorecer la movilidad internacional de profesionales y directivos con el objetivos de atraer las inversiones extranjeras.
A través de este programa se establece un sistema ágil y específico de concesión de visados y autorizaciones de residencia que pretende:
Para llevar a cabo estos objetivos se facilita la entrada y residencia en España, por razones de interés económico, en las siguientes categorías:
Para acceder a la Ley de Emprendedores pincha AQUI
Una pregunta bastante frecuente que nos suelen hacer, es si la tenencia de antecedentes penales es causa de denegación de la tarjeta comunitaria.
Hay que subrayar que efectivamente, en el llamado régimen general de extranjería, es decir, los que tienen tarjeta de residencia que no es comunitaria, si se contempla expresamente, que la tenencia de antecedentes penales es motivo de denegación del permiso para residir.
En el régimen comunitario, no se recoge expresamente, que la tenencia de antecedentes penales como tal, Sigue leyendo
Parejas de hecho
Los documentos necesarios son los siguientes:
Con el nuevo proceso para solicitar la nacionalidad española por residencia , que entró en vigor el pasado 15 de octubre de 2015, y tal y como hemos venido comentando, el trámite se realiza totalmente de forma telemática.
A pesar de ello, hay un periodo transitorio hasta el mes de junio de 2017, durante el cuál se nos ofrece la posibilidad de presentar la documentación en el Registro Civil. No obstante, el Registro simplemente recoge nuestra documentación y la manda a Madrid, donde posteriormente será digitalizada y se le dará trámite. Sigue leyendo